Recomendaciones para rentar una casa como dueño o como inquilino

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Recomendaciones para rentar una casa como dueño o como inquilino

Es común que muchos de nosotros tengamos la necesidad de rentar una casa ya sea para vivir con nuestra familia, o bien, como dueño, darla en arrendamiento para obtener ingresos.

Por ello, aquí les damos algunas recomendaciones que pueden serles de utilidad.

Siempre hay que celebrar un contrato de arrendamiento, nunca rentar de palabra, ni como inquilino, ni mucho memos como dueño.

El contrato de arrendamiento debe contener mínimo lo siguiente:

1.- Lugar y fecha del Contrato
2.- Nombre del Arrendador (El dueño del inmueble a rentar)
3.- Nombre del Arrendatario (El inquilino)
4.- Lugar y fecha del contrato
5.-Descripción de casa a rentar (calle, número, Colonia, Municipio.
6.- Las instalaciones y accesorios con que cuenta el inmueble
7.- El Estado que guarda el Inmueble
8.- La garantía que deberá otorgar el arrendatario (depósito, fiador)
9.- Plazo del arrendamiento
10.- Monto de la renta a pagar
11.- Fecha de pago y especificar si es mensual, bimestral, etc.
12.- Monto del depósito y condiciones para su devolución
13.- El Uso o destino que se le dará al inmueble
14.- Nombre del fiador
15.- Indicar a quien corresponde el pago del servicio de agua, alcantarillado y demás servicios públicos que correspondan al bien.
16.- Sanciones para casos de incumplimiento
17.- Causas de recisión o terminación anticipada del contrato
18.- Diversas condiciones y especificaciones particulares, por ejemplo sobre posibilidad de realizar arreglos, modificaciones a la casa, etc. especificando a quien corresponderá el costo.
19.- Liberación de responsabilidad para el Arrendador, en caso de mal uso del inmueble rentado.

La persona que puede rentar el Inmueble como arrendador, debe tener la libre disposición del mismo, es decir, ser el dueño, o bien, tener las facultades otorgadas por el dueño para poder dar en arrendamiento el Inmueble.

También puede dar en arrendamiento el Inmueble quien tenga facultad para ello de acuerdo a la ley, como por ejemplo el albacea de alguna sucesión de un difunto, en el que el bien sea parte de la herencia.

Si son varios dueños (copropietarios) se requerirá la autorización de la mayoría de ellos para poder rentar el inmueble de su propiedad.

Es importante dejar claro si se van a hacer reparaciones, quien las va a pagar.

Si hay que hacer reparación urgente, avisar al arrendador. El arrendatario, debe hacer las reparaciones de aquellos deterioros de poca cuantía que exija el uso del bien, si en el transcurso del arrendamiento así se requiere y son reparaciones simples que exija la continuación del uso del bien.

El arrendatario no puede variar ni modificar el bien sin la autorización del arrendador y si lo hace al término del arrendamiento lo debe devolver como se encontraba.

También es muy importante incluir en el contrato o en un anexo al mismo, un inventario de lo que hay y como está su estado y así se debe devolver, ya que si no hay inventario, se presume que el arrendatario todo lo recibió en buen estado (Art. 2018 del Código Civil.

Adjuntamos como ejemplo un modelo de Contrato de Arrendamiento con conceptos generales pero que en cada caso se deberá adecuar o ajustar atendiendo las particularidades que cada quien requiera.

 

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